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¿Qué es el programa Kit Digital?

El Gobierno ha aprobado el Programa Kit Digital, con el objetivo de subvencionar la implantación de soluciones digitales para conseguir una madurez digital de las empresas. Financiado por los Fondos Europeos, el Kit Digital va dirigido a empresas, microempresas y trabajadores autónomos, de cualquier sector o tipología de negocio.

¿Quién puede solicitar la subvención del kit digital?

Las soluciones digitales que proporciona el Kit Digital están orientadas a las necesidades de las pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos, que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio. Una vez confirmado que se cumplen los requisitos, las empresas podrán disponer del Bono Digital de la siguiente tabla:

- Segmento I: Empresas de entre 10 y menos de 50 empleados.

Bono digital de 12.000€

- Segmento II: Microempresa de entre 3 y 9 empleados.

Bono digital de 6.000€

- Segmento III: Autónomos y microempresas de entre 1 y 2 empleados.

Bono digital de 2.000€

Tabla de precios

Autónomos Micro Pymes
De 1 a 2 empl. De 3 a 9 empl. De 10 a 49 emp.
Sitio Web 2.000€ 2.000€ 2.000€
Ecommerce 2.000€ 2.000€ 2.000€
Gestión de redes sociales 2.000€ 2.500€ 2.500€
Gestión de clientes 2.000€ 2.000€ 4.000€
Bussiness Int, y Analítica 1.500€ 2.000€ 4.000€
Gestión de procesos 500€ 2.000€ 6.000€
Factura Electrónica 500€ 1.000€ 1.000€
Oficina Virtual 250€ / usuario
Ciberseguridad 125€ / disp.
Comunicaciones seguras 125€ / usuario

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el kit digital?

Se han establecido una serie de condiciones para ser beneficiario de la ayuda del Kit Digital:

  • Ser una pequeña empresa, una microempresa o un autónomo.
  • No tener consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en Ley General de Subvenciones.
  • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea.
  • No superar el límite de ayudas mínimos (200.000€).
  • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital de acuerdo con el test de diagnóstico en la plataforma Acelera pyme.

¿Cómo solicitar el bono del kit digital?

1

Consultoría

Realizamos una auditoría de tu empresa para determinar las carencias digitales y proponer las mejores acciones según tus necesidades organizativas.

2

Presupuesto

Valoramos tus necesidades digitales en un presupuesto detallado y desglosado para poder accedes a los bonos digitales.

3

Tramitación

Nos encargamos de gestionar y tramitar la subvención según el presupuesto. Por tu parte solo te pediremos la documentación necesaria.

4

Ejecución

Una vez aprobada el 70% de la subvención comenzamos a ejecutar las acciones contempladas en el presupuesto. Así como una justificación para recibir el cobro restante del 30%.

¿Cómo utilizar el bono del kit digital?

Una vez que ya disponemos de nuestro “bono digital”, se podría decir que ya somos “beneficiarios” de la ayuda económica del Kit Digital. Además, de ya tener analizada las soluciones digitales que necesitamos para nuestra empresa.

Los pasos que quedan son los siguientes:

  • El beneficiario y el Agente Digitalizador, negocian, firman y formalizan un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.
  • Tras la formalización del acuerdo, el Agente Digitalizador implanta los requisitos pertenecientes a cada fase de la solución de digitalización, es decir, que ofrece la solución tecnológica al beneficiario (el periodo de implantación en algunos casos es de un dia, en otros puede ser de varias semanas).
  • El Agente Digitalizador emite una única factura tras la primera fase de prestación del servicio, con el importe total (de los 12 meses de prestación del servicio) e indicando la cuantía subvencionada.
  • El beneficiario realizará el abono de los gastos no subvencionables (por ejemplo el IVA, que luego podrá deducir) y cederá el derecho a cobro del importe subvencionable en favor del Agente Digitalizador.
  • El Agente Digitalizador prestará la solución digitalizadora solicitada por el beneficiario durante un plazo de 12 meses desde el comienzo de la implantación.

¿En qué puedes invertir?

Ayudas de digitalización

logo kit digital

Sitio web y presencia en internet

Bono máximo hasta 2.000€

Comercio electrónico

Bono máximo hasta 2.000€

Gestión de clientes

Bono máximo hasta 4.000€

Gestión de procesos

Bono máximo hasta 6.000€

Factura electrónica

Bono máximo hasta 2.000€

Ciberseguridad

Bono máximo hasta 6.000€

Comunicaciones seguras

Bono máximo hasta 6.000€

Oficina virtual

Bono máximo hasta 12.000€

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